miércoles, 4 de noviembre de 2015

Aprueba la SCJN uso de la mariguana

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el uso “lúdico” de la mariguana, su siembra y consumo para uso personal, sin incluir su comercio, suministro o distribución.




La sentencia, que se oficializará en sesión pública, declara la inconstitucionalidad de los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, en las porciones que establecen una prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones para la realización de los actos relacionados con el consumo personal con fines recreativos (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar) exclusivamente de la  mariguana.
Lo que, “en ningún caso supone la autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiere a la enajenación y/o distribución de las sustancias aludidas”, y subrayó que la resolución favorece únicamente a Josefina Ricaño Bandala, Armando Santa Cruz González, José Pablo Girault Ruiz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo; no así a la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante A.C, que formó inicialmente parte de la demanda.
Al ser aprobado por cuatro ministros la Corte estableció un criterio jurídico de observancia obligatoria para juzgados y tribunales federales, además de que, de presentarse más amparos similares, se abre la puerta para que el máximo tribunal‎ emita una declaratoria de invalidez de los artículos que fueron declarados inconstitucionales.
Isai Morales @isaimorales_

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